CAMPECHE. En la sesión celebrada el día de hoy 30 de junio, la Sala Superior del TEPJF por unanimidad de votos al resolver el expediente SUP-JE-165/2021, confirmó la medida cautelar impuesta por el IEEC en contra de EFM, en la que le prohibieron seguir cometiendo conductas generadoras de violencia por razones de género en perjuicio de Layda Sansores por el simple hecho de ser mujer.
Eliseo en un video publicado en Facebook realizó manifestaciones en contra de la Gobernadora Electa mostrando su indeferencia hacia las mujeres, denostándolas y agrediendolas verbalmente al grado de expresar que las mujeres no
tienen las mismas virtudes y capacidades que tendría un hombre para estar al frente de un Estado.
Por estos hechos EFM puede ser inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género hasta por 5 años, situación que lo inhabilitaría para competir por un cargo de elección popular.