El día de ayer se otorgaron dos suspensiones provisionales en contra de la Ley de Hidrocarburos.
LA PRIMERA SUSPENSIÓN
La primera suspensión fue otorgada en el transcurso dela mañana u tiene efectos generales, esto quiere decir, que todos los actores afectados por la reforma a la Ley de Hidrocarburos se beneficiarán de la suspensión.
Juan Pablo Gómez Fierro, juez segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia
Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó a Grupo Energéticos Base, la primera suspensión provisional contra el decreto que reforma la Ley de Hidrocarburos.
La suspensión provisional que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos, así como de los artículos transitorios cuarto y sexto del Decreto reclamado.
LA SEGUNDA SUSPESIÓN
La segunda suspensión provisional tiene efectos particulares, esto quiere decir que solo el quejoso se beneficiará de las suspensión otorgada por el juez primero de distrito en Materia Económica.
El juez primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó la segunda suspensión provisional en contra de la reforma que modifica a la Ley de Hidrocarburos. A diferencia de la primera suspensión otorgada por el juez segundo, la medida cautelar es solo para el quejoso.
El juez citó a las partes para que se presenten el 18 de mayo a las 11:25 de la mañana para formular los alegatos para determinar si se otorga las suspensión definitiva.
Las modificaciones a la Ley de Hidrocarburos pretenden reordenar diversas actividades económicas en el sector energético, con el fin de combatir l corrupción, garantizar el abasto y proteger la economía nacional y los ingresos que percibe el Estado.
El Decreto faculta a la Secretaría de Energía (SENER y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para revocar permisos, cuando los titulares de los mismos cometan el delito de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.
Además plantea que se puedan suspender los permisos expedidos a permisionarios, cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional.
Se establece la revocación de permisos de operación para los concesionarios que reincidan en el incumplimiento de
las disposiciones relacionadas a la cantidad, calidad y medición de hidrocarburos y petrolíferos.
Se aplicaría la misma sanción a aquellos permisionarios que modifiquen las condiciones técnicas de sistemas, ductos, instalaciones o equipos. En este punto debe precisarse que los efectos de esta medida cautelar, a pesar de que se
solicitó solamente por 5 quejosas que son titulares de un permiso.