CAMPECHE. Campeche se convirtió en la entidad número 25 del país en despenalizar el aborto como una acción que amerita un castigo penal, iniciativa que impulsó la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche (CODHECAM) ante el Poder Legislativo del Estado, tras resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La presidenta de la CODHECAM, Ligia Rodríguez Mejía, señaló que, una vez publicada la reforma en el Diario Oficial del Estado de Campeche, el aborto ya no será considerado como una acción que amerite un castigo penal, como estaba tipificado en el Código Penal de Campeche.
Dio detalle que, en todo el territorio nacional, existen dos entidades con un proceso legal en litigio, donde no se acata aún el dictamen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de despenalizar el aborto en su código penal. Estas entidades son Yucatán y Morelos, donde se esperan resolutivos respecto al tema.
CÓDIGO PENAL CAMPECHE
En cuanto al Código Penal de Campeche, hasta hoy, el aborto se castiga con prisión y multas económicas a las mujeres que realicen está acción, esto si la interrupción del embarazo es antes y después de las 12 semanas de gestación.
De acuerdo con el “Artículo 155”, se impondrán de veinticuatro a setenta y dos jornadas de trabajo a la mujer que voluntariamente practique su aborto antes de las doce semanas de embarazo. En el artículo igual se contempla la misma sanción se impondrá a la persona que induzca, obligue, participe o ejecute el aborto.
Respecto al “Artículo 156”, la sanción indica que, se impondrán de seis meses a dos años de prisión a la mujer que voluntariamente practique su aborto, después de las doce semanas de embarazo. Esta penalización igual aplica a quien induzca a una mujer a abortar o al que participe en un aborto o lo ejecute.
