CDMX. A partir del próximo año, las empresas que importen hidrocarburos y petrolíferos enfrentarán multas de entre 50% y 100% del valor comercial de las mercancías cuando existan irregularidades aduaneras, de acuerdo con una reforma a la Ley Aduanera publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El decreto incorpora sanciones específicas para hidrocarburos y petrolíferos en tres supuestos de infracción relacionados con el cumplimiento de obligaciones documentales ante las autoridades aduaneras.
Las multas contemplan la omisión o presentación extemporánea de documentos exigibles, la entrega de información incompleta o inexacta y el incumplimiento de los plazos para presentar pruebas de regulaciones y restricciones no arancelarias, de acuerdo con los artículos 184 y 185 de la legislación.
EJEMPLO
Ramsés Pech, experto en energía, planteó un caso hipotético en donde una empresa importa 30 mil litros de diésel, con un valor supuesto de 20 pesos por litro, equivalente a 600 mil pesos.
Bajo ese escenario, una multa de entre 50 y 100 por ciento del valor comercial representaría entre 300 mil y 600 mil pesos, sin considerar impuestos u otras sanciones que pudieran corresponder.
El especialista precisó que el valor comercial utilizado en el ejemplo no necesariamente equivale al valor declarado en el pedimento aduanero y que las cifras no corresponden a una cotización de mercado.
“Esta medida ayudará a combatir el huachicol fiscal, porque el agente aduanal tiene corresponsabilidad y ninguno quiere que le quiten su licencia”, dijo el experto.
EMBARGOS PRECAUTORIOS
La reforma también refuerza la revisión del valor declarado de las mercancías importadas. Cuando este sea inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares, determinado conforme a los artículos 72 y 73 de la Ley Aduanera, las autoridades deberán iniciar de oficio facultades de comprobación.
En estos casos, la autoridad podrá recurrir al embargo precautorio conforme a las disposiciones aplicables. El alcance de esta medida dependerá de las mercancías y de las reglas que emitan las autoridades aduaneras, las cuales deberán publicarse a más tardar el 31 de diciembre de 2026.