CAMPECHE. – Tras hacerse oficial la despenalización del aborto en Campeche, de poco sirvieron las recientes protestas de agrupaciones religiosas, donde se llamó “asesinos” a diputados de Morena, Movimiento Ciudadano y PRI, así como los señalamientos del obispo de Francisco González González y dirigentes de la Iglesia Evangélica en el Estado.
La reforma al Código Penal de la entidad, que fue aprobada por diputados locales en sesión privada del pasado martes 24 de febrero, ya fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Campeche (POEC), durante la edición del pasado martes 25 de este mes, un día después de la sesión reservada de la 65 Legislatura.
La publicación en el POEC, cita los cambios en los artículos 155, 157, 158 y 159 del Código Penal. En el caso del “Artículo 155”, la cita define la acción de “Aborto”, como la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación.
En cuanto al concepto de “embarazo”, este fue definido como el periodo entre la implantación en el endometrio del óvulo fecundado y el momento del parto.
Uno de los apartados que más llama la atención del “Artículo 155”, es el aumento de sanciones contra quien obligue a abortar a una mujer, que ahora ameritan prisión de cinco a ocho años, en protección de las mujeres o personas con capacidad de gestar, que corran el riesgo de interrumpir la formación del producto.

