MÉXICO.– El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) concluyó el caso conocido como “Oro Negro” que solicitaba a México 270 millones de dólares por presunto incumplimiento de contrato de arrendamiento de plataformas marítimas.
A través de un comunicado, la Secretaría de Economía, que representó al Estado mexicano, durante el pleito legal, detalló que el tribunal, perteneciente al Banco Mundial, concluyó de manera unánime y a favor de México no tener jurisdicción para resolver las reclamaciones presentadas por las partes demandantes, con lo cual desestimó el caso en su totalidad.
Dicho caso inició en 2018 por un grupo de inversionistas de Integradora de Servicios Petroleros Oro Negro, S.A.P.I. de C.V. (Oro Negro), empresa que, a través de una filial, rentó plataformas marinas de extracción a Petróleos Mexicanos (Pemex) entre los años 2013 y 2017.
El documento detalla que el 19 de agosto de 2024, el Tribunal Arbitral constituido para conocer este caso, conforme al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN ahora TMEC), también ordenó que las partes demandantes paguen en favor de México al rededor de 400 mil dólares por concepto de costos del arbitraje.
Pues consideró que los diversos demandantes no contaron con la legitimidad necesaria para presentar reclamaciones en contra de México conforme el TLCAN.
En el caso Alicia Grace y otros (también conocido como Oro Negro), México fue representado por funcionarios de la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior, con el apoyo de las firmas legales Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP y Tereposky & DeRose LLP.
Durante todo el arbitraje, la Secretaría de Economía contó con el apoyo institucional de Pemex.
“El resultado de este arbitraje es un logro importante para el Estado mexicano y un valioso precedente en materia de arbitraje de inversión”, resaltó la Secretaría.
Además, detalló que este fallo a favor de México está en proceso de revisión para identificar posible información de carácter confidencial. Posterior a ello, el laudo será publicado en la página del CIADI.