MÉXICO.- El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito negó un amparo al exsecretario de Seguridad Pública en el sexenio de Felipe Calderón Hinojosa, Genaro García Luna, para que fuera excluido de la Lista de Personas Bloqueadas (LPB) realizada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Entre los antecedentes se destaca que en el año 2020, el ex funcionario calderonista promovió un juicio de amparo ante el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México contra el acuerdo de la UIF 286/2019 que lo incluyó en la LPB a solicitud de la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en ingles) por una investigación sobre lavado de activos.
Asimismo, el 16 de mayo de 2022, el Juez de Distrito emitió una sentencia en la cual señaló que México asumió el compromiso internacional de adoptar medidas de acción rápida y eficiente ante solicitudes extranjeras para congelar bienes relativos al lavado de activos, al financiamiento al terrorismo y al financiamiento de proliferación de armas de destrucción masiva.
Con estas bases, se dio validez a la solicitud emitida por la DEA aportada por la UIF en el juicio de amparo.
ENTÉRATE
Afirma Tribunal que la resolución fue apegada a derecho, es señalado por una investigación sobre lavado de activos.